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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ORDENA LIBERACIÓN DE ALBERTO FUJIMORI

El Tribunal Constitucional ordenó la liberación inmediata del expresidente Alberto Fujimori, quien permanece recluido en el penal de Barbadillo en Ate, ello tras resolver un recurso de reposición en el marco de esta causa.

Dicha decisión se da luego de que un juzgado de Ica declarara improcedente ejecutar la resolución del máximo intérprete de la Constitución con respecto al hábeas corpus presentado a favor del exmandatario.

El TC declaró fundado el recurso de reposición y resolvió la “ejecución directa e inmediata” de la sentencia del 12 de marzo de 2022 del colegiado, que restituyó el indulto humanitario otorgado al exmandatario en 2017 y dispuso en aquel entonces su excarcelación.

En esa línea, el auto del colegiado ordena al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) y el director del penal de Barbadillo que dispongan, en el día, la inmediata liberación del expresidente.

Asimismo, el Tribunal resolvió “llamar severamente la atención” al juez a cargo del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica, Vicente Fernández Tapia, por no haber ejecutado la resolución dictada por el colegiado inicialmente.

Como se recuerda, el fallo del TC de 2022 quedó suspendido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que pidió al Estado peruano abstenerse de ejecutar la liberación de Alberto Fujimori.

El auto del TC señala, al respecto, que la Corte IDH no puede disponer que no se ejecute dicho fallo, por cuanto está fuera de su competencia. Indica que dicho organismo no puede “ordenar a un Estado, en supervisión de cumplimiento de sentencia, no ejecutar una sentencia de un tribunal nacional”.

Agrega que, en todo caso, la Corte IDH queda facultada para dejar constancia en una resolución que se mantiene abierto el procedimiento de supervisión o, si fuera el caso, informar a la Organización de Estados Americanos (OEA).

Alberto Fujimori fue condenado a 25 años de pena privativa de la libertad por los casos Barrios Altos y La Cantuta, plazo que vencía el 10 de febrero de 2032.
Fuente: Andina

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