El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia de la señora magistrada Delia Milagros Espinoza Valenzuela, por ausencia del presidente titular en uso de sus atribuciones, resuelve:
DECLARAR improcedente la solicitud de rechazo de la medida cautelar y de acumulación de los Expedientes N.* JNE 2023001394, N.* JNE.2023001395 y N.*JNE. 2023001399 formulado por el gerente de Asesoría Legal del Gobierno Regional de Tacna.
DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Liliana del Carmen Velazco Cornejo, con la cual asumió, provisionalmente, el cargo de gobernadora del Gobierno Regional de Tacna, conforme lo dispuso la Resolución N.” 0089-2023-JNE, del 6 de junio de 2023.
RESTABLECER la vigencia de la credencial que le fue otorgada a don Luis Ramón Torres Robledo como gobernador del Gobierno Regional de Tacna.
PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional do Elecciones, aprobado mediante la Resolución N.* 0929-2021-JNE.