TACNA: CONFIRMAN SENTENCIA DE 10 AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD POR EL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS

La Tercera Fiscalía Superior Penal de Tacna logró que la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Tacna confirme la sentencia contenida en la Resolución N°02 del 15 de agosto del 2019, que condenó a Mauricio Fernando Ramos Molina a 10 años de pena privativa de la libertad por el delito de lavado de activos.

El Fiscal Adjunto Superior Jesús Rojas Hurtado, explicó que a través de la Resolución Nº 20 del 09 de enero del 2023, la Sala de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia en contra del acusado Ramos Molina, que fue apelada por su defensa técnica.

El sentenciado, fue investigado por intentar ingresar al país un total de $ 9´660,000.00 pesos chilenos, que al tipo de cambio equivalen a US$ 16,026.95 dólares americanos, dinero que no fue declarado ante la SUNAT. Los hechos datan del 5 de febrero del año 2018.

El Ministerio Público durante las investigaciones y juicio oral por el delito de lavado de activos logró certificar que en el canguro, billetes que portaba el acusado, sus manos y sus tobillos, se encontró adherencia de alcaloide de cocaína.

Además, la Sala Penal de Apelaciones verificó que el acusado fue anteriormente condenado por el delito de tráfico ilícito de drogas, hasta en dos oportunidades; así como existía una notable incoherencia entre el dinero que el acusado manifestó haber percibido de la venta de un terreno y sus egresos dinerarios; mientras que la cónyuge del procesado también tenía condena efectiva por el delito de tráfico ilícito de drogas.

El hecho de haber camuflado la portación del dinero en determinada parte de su cuerpo con el fin de no ser percibido por los agentes de la Sunat, ni declararlo ante la autoridad aduanera, llevaron también a confirmar la sentencia. La Sala Penal destacó la prueba por indicios presentada por la Fiscalía para condenar al sentenciado.

La defensa técnica del acusado podrá presentar una casación al fallo confirmatorio de la Sala Penal de Apelaciones dentro del plazo de ley.

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