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OFICIALIZAN LEY QUE FACILITA EXPULSIÓN DE EXTRANJEROS Y FORTALECE SEGURIDAD CIUDADANA

El Congreso de la República oficializó hoy una norma que modifica el Código Penal y el Código de Ejecución Penal, con la finalidad de facilitar la expulsión de extranjeros y fortalecer, con ello, la seguridad ciudadana.

Esta medida se oficializa a través de la publicación de la Ley 32372, en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

En ese sentido, se modifican los artículos 30, 30-A, 52 y 52-A del Código Penal, sobre la pena restrictiva de la libertad, la aplicación de la pena restrictiva de libertad como pena accesoria, la conversión de la pena privativa de libertad, y la conversión de la pena privativa de libertad en ejecución.

Asimismo, refiere que la expulsión conlleva a la imposibilidad de retornar al territorio nacional por un tiempo igual a la duración de la pena máxima del delito cometido, y el archivo de cualquier otro procedimiento administrativo con el mismo propósito.

Además, precisa que la reparación civil se obtiene de sus bienes mediante el decomiso o la extinción de dominio sobre los bienes del agente. «La reparación civil no prescribe», agrega.

De igual modo, también se modifica el artículo 118 del Código de Ejecución Penal, respecto a la expulsión del país.

Para ello, se determina que la expulsión del país se ejecutará una vez cumplida la pena privativa de libertad, por concesión de un beneficio penitenciario o por conversión de la pena privativa de libertad.

«El extranjero sentenciado es puesto a disposición de la autoridad competente por el director del establecimiento penitenciario para efectuar su expulsión», añade.
Fuente: Andina

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