Frente a la creciente ola de criminalidad, el Gobierno de Dina Boluarte promulgó la Ley N.º 32330 que fue aprobada recientemente por el Congreso de la República y que modifica el Código Penal y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes para incorporar a los menores de 16 y 17 años como sujetos imputables dentro del sistema penal ordinario. La norma fue publicada en el diario oficial El Peruano el 10 de mayo de 2025.
Con esta reforma, el Estado peruano busca responder a los delitos cada vez más violentos en los que participan adolescentes, quienes hasta ahora eran sancionados con medidas socioeducativas incluso en casos de extrema gravedad. La ley también establece un tratamiento penitenciario diferenciado para este grupo etario, orientado a su posible rehabilitación.
La ley modifica los artículos 20 y 22 del Código Penal para que los adolescentes de entre 16 y 17 años puedan ser procesados penalmente como adultos si cometen delitos graves. Entre los más de 30 tipos penales incluidos figuran el homicidio calificado, la violación sexual de menores, el sicariato, el secuestro, el robo agravado, la extorsión, la trata de personas y delitos vinculados al terrorismo y al narcotráfico.
Asimismo, la responsabilidad penal se aplicará sin necesidad de un régimen especial, aunque se podrá considerar la edad del infractor para atenuar la pena en ciertos casos. Para delitos de alta gravedad, la sanción ya no será únicamente educativa, sino que podrá conllevar pena privativa de libertad según las reglas del sistema penal ordinario.
El cambio legal introduce un sistema de tratamiento penitenciario específico para internos de 16 a 21 años, con enfoque individualizado y científico. Este sistema incluirá acciones terapéuticas, educativas y de desarrollo personal, con la finalidad de reducir la reincidencia y facilitar la reintegración social de los jóvenes infractores.
Los adolescentes condenados serán separados de los adultos en los centros penitenciarios, y se implementarán programas adecuados a sus características personales. Esta separación —conocida como sistema de individualización científica— busca evitar influencias negativas y propiciar un entorno rehabilitador, sin que ello excluya sanciones severas para los crímenes más graves. En casos como el sicariato o la violación sexual seguida de muerte, la pena puede ser de hasta ocho años de internamiento.
Fuente: Infobae

