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OPINIÓN: SOBRE AUDIENCIA DE APELACIÓN DE CESE DE DETENCIÓN DOMICILIARIA DEL GOBERNADOR

Escribe: José Miguel Gambetta Rios.

A raíz de la audiencia de apelación de cese de detención domiciliaria del Gobernador Regional de Tacna promovida por el Ministerio Publico. La Sala Penal de Apelaciones de Tacna solo tiene un camino para decidir…. Aplicar la sustracción de la materia.

La sustracción de la materia constituye un modo anormal o atípico de conclusión del proceso, que se produce ante la desaparición de los supuestos, hechos o normas que sustentan una acción y que impiden a la autoridad judicial su pronunciamiento sobre el fondo de lo requerido.

La resolución judicial que resolvió declarar fundado el requerimiento de detención domiciliaria establece la fecha de inicio y fin de la detención, ésta ultima se venció el 23 de setiembre del 2023, es decir, esa resolución cumplió su finalidad y al día de hoy FENECIÓ los supuestos, hechos o normas que sustentaron la decisión judicial, por tal motivo, la Sala Penal NO DEBE PRONUNCIARSE SOBRE EL FONDO DE LA APELACIÓN interpuesta por la fiscalía. La Sala Penal NO puede modificar plazos ya establecidos, consentidos y sobre todo cumplidos.

El Gobernador Torres seguirá en funciones sin limitación alguna.

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